Contrato em espanhol referente à permuta de veículo.
CONTRATO DE PERMUTA DE AUTOMOTORES
En la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , a los . . . . . días del mes de
. . . . . . . . . . . . . . . de . . . entre el señor . . . . . . . . . . . . .
. . , domiciliado en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . de la
ciudad de . . . . . . ., quien acredita identidad con . . . . . N° . . . . . . .
. . . por una parte y por la otra el señor . . . . . . . . . . . . . .
domiciliado en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . , de la
localidad de . . . . . . . . . . . . . . . , quien se identifica con . . . . .
N° . . . . . . . . . . , concienten en celebrar el presente contrato de permuta
de automotores, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones. - - - - -
PRIMERO: El señor propietario único y exclusivo del automotor marca . . . . . .
. . . . . . . . . modelo . . año . . . . . color . . . . . . . . . . . . . . .
motor marca . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . . . . . . chasis N° . . . .
. . . . . . . . . . . inscripto en el registro de la propiedad automotor bajo la
letra . . . . . N° . . de la seccional . . . . . . . . . . , con los siguientes
accesorios: Radio, aire acondicionado, desempañador de luneta trasera y llantas
radiales, permuta al señor . . . . . . . . . . . . . . . el automotor marca . .
. . . . . . . . . modelo . . . . . . . . . . . . . . . año . . . . . color . . .
. . . . . . . . . . . . motor marca . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . .
. . . . . . . . . chasis N° . . . . . . . . . . . . . . . inscripto en el
registro de la propiedad automotor bajo la letra . . . . . N° . . . . . ,
seccional . . . . . . . . . . con los siguientes accesorios: auto-stéreo,
dirección hidráulica y frenos de disco, permuta al señor este automtor por el
antes mencionado. - - - - -
SEGUNDO: Los permutantes acuerdan fijar el valor de sus respectivos vehículos en
la suma de pesos . . ( $ . . . . . . . . . . ) cada uno. - - - - -
TERCERO: El señor . . . . . . . . . . . . . . . entrega en este acto en calidad
de permuta el vehículo de su propiedad antes mencionado al señor . . . . . . . .
. . . . . . . y éste lo recibe de conformidad, con el estado en que se encuentra,
otorgando asimismo al señor . . . . . . . . . . . . el automotor ya
especificado, recibiéndolo de conformidad con su estado. - - - - -
CUARTO Ambas partes contratantes manifiestan bajo juramento que los vehículos de
sus respectivas propiedades no registran gravámenes de ninguna especie, ni
existen patentes impagas, ni multas, ni impuestos ni tasas, sean de emergencia o
no, responsabilizándose mutuamente por los daños y perjuicios que sus
manifestaciones pudiera acarrear. Asimismo las partes responderán por vicios
ocultos, o redhibitorios. - -
QUINTO: Los permutantes se obligan recíprocamente a realizar todos los actos y a
firmar la documentación necesaria para realizar la transferencia del dominio y
su inscripción en el Registro a sus respectivos nombres, determinando que éstos
deberán ser realizados dentro de los . . . . . días de firmado el presente. - -
SEXTO: En caso de incumplimiento de cualquiera de las dos partes de alguna de
las condiciones y cláusulas estipuladas para la venta se establece por el
presente contrato una cláusula penal de pesos . . . . . . . . . . . . . . . ( $
. . . . . . . . . . ) diarios por día de retraso; a favor de quien se perjudique
con la falta de inscripción. - - - - -
SEPTIMO: La tolerancia de alguna de las dos partes en soportar el incumplimiento
por parte de la otra de cualquiera de las cláusulas y condiciones pactadas no
podrá ser ínterpretado como aceptación del hecho tolerado ni como precedente
para su repetíción. - - - - -
OCTAVO: Desde la firma del presente contrato que se realiza a las horas y en
razón de entregarse por este acto la posesión de los respectivos automotores a
los permutantes, el adquirente de cada uno de ellos, se hace único y exclusivo
responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar los automotores.
Quedando por tanto el anterior dueño desligado de toda responsabilidad. - - - -
-
NOVENO: .Para el caso de que alguna de las partes no agilice el trámite de
traspaso de la propiedad, el anterior propietario, pasado . . . . . meses de
esta venta podrá solicitar la baja del Registro. - - - - -
DECIMO: Las partes. acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales
Ordinarios del Departamento de . . . . . . . . . . . . . . . con exclusión de
todo fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. Constituyendo asimismo
domicilios en los respectivos domicilios reales denunciados y donde se
considerará válida toda notificación o intimación allí realizada. En el lugar y
fecha antes mencionados, se firma de conformidad ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto. El .sellado del presente contrato estará a cargo de ambas
partes. - - - - -
_______________
FIRMAS