Contrato internacional de edição de obra de
literatura.
CONTRATO DE EDICION
Entre la empresa. . . . . . . , con domicilio social en la calle . . . . . . . .
N° . . . . . de la ciudad de . . . . . . . . . . , representada en este acto por
el señor. . . . . . . . . . . . . . . en su carácter de . . . . . . . . . . . .
. . . de la misma, quien se identifica y acredita identidad con . . . . . . . .
, por una parte, llamado en adelante "el editor" y por la otra el señor
domiciliado en la calle . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . de la ciudad de
. . . . . . . . . . . . . . . quien se identifica con . . . . . N° . . . . . . .
. . . , en adelante llamado "el autor" convienen en celebrar el presente
contrato de edición, conforme a las siguientes cláusulas y condiciones : - - - -
-
PRIMERO: El autor cede y transfiere al editor el derecho exclusivo para la
edición, publicación y venta en el país de su obra titulada . . . . . . . . . .
. . . . . en idioma espanhol, cuyos originales se entregan en este acto
sirviendo el presente del más válido y suficiente recibo, debiendo ser dicha
obra editada con el sello de la editorial. - - - - -
SEGUNDO: El editor pagará al autor el . . . . . % del precio de tapa del libro a
editarse sobre la venta total que realice, debiendo dicho pago efectuarse de la
siguiente forma: El . . . . . % al mes de encontrarse la obra a la venta y el
saldo del . . . . . % a los 120 días del pago inicial. - - - - -
TERCERO: El editor realizará una tirada de . . . . . ejemplares en esta edición,
no pudiendo realizar ninguna otra sin autorización previa del autor. - - - - -
CUARTO: El plazo de este contrato se fija en . . . . . años, a partir de la
fecha de su firma. - - - - -
QUINTO: El editor entregará al autor . . . . . ejemplares de la obra sin cargo y
destinará . . . . . ejemplares a los efectos de propaganda y beneficencia a
bibliotecas, por los que el autor no percibirá derecho alguno. - - - - -
SEXTO: El editor deberá depositar la suma que prevee la ley 11.723
responsabilizándose de ello ante el autor. Asimismo el sellado de ley del
presente contrato será a cargo exclusivo del editor, como condición esencial
para su existencia. - - - - -
SEPTIMO: El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente autoriza
a la parte afectada por el incumplimiento a rescindir de puro derecho y con el
mero vencimiento del plazo, el contrato, sin necesidad de interpelación judicial
o extrajudicial alguna. - - - - -
OCTAVO: El autor faculta al editor para perseguir incluso judicialmente a
quienes realicen ediciones fraudulentas o plagien la obra objeto de este
contrato. - - - - -
En la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , a los . . . . . días del mes de
. . . . . . . de ........ . . . , en prueba de conformidad, se firman . . . . .
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. - - - - -
FIRMAS